Preguntas frecuentes
¿Cuál es el porcentaje de comisión que Macazaga Desarrollos ofrece?
El porcentaje de comisión que ofrecemos es el 5% del valor total de la operación (I.V.A. incluido.).
¿Cómo se paga la comisión?
Se paga el 30% de la comisión contra el pago del enganche establecido y la firma del contrato correspondiente. El 70% restante se pagará tras finiquitarse el importe total adeudado por el cliente.
¿Con qué monto se aparta una propiedad?
El monto para apartar una propiedad es de $50 mil pesos. Este monto es reembolsable en caso de cancelación del cliente toda vez que la cancelación se realice en un plazo menor a 15 días naturales tras haberse recibido.
¿A qué cuenta se deposita o transfiere el monto del apartado?
Deberás de contactar a tu asesor de apoyo para brindarte esta información antes de realizar un apartado.
¿Qué ocurre tras realizar el apartado?
Deberás de solicitar al cliente el comprobante de pago correspondiente. De igual manera, deberás de solicitar al cliente una copia de la carátula de un estado de cuenta y enviar ambos documentos a tu asesor de apoyo. Sin estos documentos el apartado no surtirá efecto.
Deberás de contactar a tu asesor de apoyo, el cliente deberá de recibir copia del recibo oficial del apartado mismo que deberá de firmar, sin la emisión del recibo oficial y la firma del cliente en el mismo, el apartado no surtirá efecto.
En añadidura, el cliente recibirá el “Formato de Apartado” previamente llenado por tu asesor de apoyo. En este formato se asientan los generales del cliente, de la propiedad y las condiciones de pago pactadas. El cliente deberá de firmar el “Formato de Apartado” y recibir una copia, sin la emisión del “Formato de Apartado” y la firma del cliente en el mismo, el apartado no surtirá efecto.
Ha surgido efecto el apartado, ¿ahora que pasa?
Se marca la propiedad como “Apartada” y se deja de promocionar comercialmente hasta que se concrete la operación o su estatus cambie nuevamente a “Disponible”. De igual manera, tras apartarse una propiedad se congela el precio establecido con el cliente al momento de realizar el apartado mismo que se establece en el “Formato de Apartado” recibido por el cliente. En caso de un posible incremento en la lista de precios este no surtirá efecto sobre la propiedad apartada toda vez que el cliente cumpla las condiciones pactadas o la propiedad se marque nuevamente como “Disponible”.
¿Cuando se firma el contrato correspondiente?
El contrato correspondiente se firma tras realizarse el pago del enganche establecido en el “Formato de Apartado” de la unidad en cuestión. En el mismo se asientan las condiciones originalmente pactadas así como los pagos recibidos hasta la fecha de firma del mismo. El cliente deberá de firmar el contrato en cuatro tantos y estos se entregarán a tu asesor de apoyo para que las firmas faltantes se procesen. Una vez firmado, se hará llegar una copia original al cliente del mismo y el resto se procesarán internamente.
¿A qué cuenta se deposita o transfiere el monto del enganche?
Deberás de contactar a tu asesor de apoyo para brindarte esta información antes de realizar un apartado.
¿Puede abonar el cliente en todo momento?
Si puede hacerlo. Sin embargo, deberás de contactar a tu asesor de apoyo para confirmar previo a cualquier abono fuera de lo pactado.
¿Qué ocurre si el apartado no surte efecto?
Aunque el cliente haya realizado el pago del apartado, éste no surtirá efectos si no se llena lo documentación correspondiente según se menciona anteriormente. El cliente tendrá un plazo máximo de 5 días naturales para completar el proceso de lo contrario la empresa actualizará el estatus de la propiedad a “Disponible” y la podrá comercializar nuevamente. Contacta a tu asesor de apoyo si tienes alguna duda.
En caso de cancelación del apartado, ¿cuál es el procedimiento para solicitar el reembolso del cliente?
El asesor patrimonial de informar al cliente lo siguiente:
El cliente deberá de hacer llegar un escrito libre solicitando la cancelación del apartado de la unidad en cuestión. El escrito deberá de incluir los generales del cliente (nombre completo, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, RFC, dirección de contacto, teléfonos de contacto y correo electrónico) y/o de la persona moral y su representante en caso de aplicar, así como la siguiente información:
Desarrollo al que pertenece la unidad apartada, modelo de la unidad apartada y clave de la misma. (Esta información podrá encontrarla en la copia del “Formato de Apartado" que recibió).
Fecha en que realizó la transacción correspondiente del apartado.
Forma de Pago del importe del apartado. (Depósito en Efectivo, SPEI, TEF, cheque personal, cheque de caja, etc.). En caso de haberse realizado por vía SPEI o TEF, deberá de mencionar el banco, cuenta de retiro así como clabe de la cuenta de retiro utilizada.
Copia del comprobante original de la transacción efectuada o en su defecto el comprobante electrónico de pago emitido por el Banco de México (CEP).
El cliente deberá incluir una copia de su identificación oficial por ambos lados.
El cliente deberá de hacer entrega de la copia original recibida del “Formato de Apartado”.
El cliente deberá de hacer llegar la carátula del estado de cuenta donde desea recibir el reembolso, mismo que se realizará únicamente por vía SPEI. Esta deberá de incluir el nombre completo del cliente, así como el numero de cuenta, sucursal y clabe de la cuenta.
En caso de que el cliente sea representante de una persona moral, deberá de exhibir el acta constitutiva de la empresa y los poderes que lo facultan para actuar en representación de la misma (en caso de ser necesarios).
¿Qué ocurre si el cliente cancela después de los 15 días naturales?
La empresa penalizará al cliente con el importe íntegro del apartado.
En caso de cancelación, ¿en cuánto tiempo se reembolsará el monto de apartado al cliente?
La empresa podrá reembolsar el monto del apartado al cliente en un plazo de hasta 15 días laborales tras haber recibido la solicitud de cancelación.
¿Qué ocurre después de un apartado?
Se marca la propiedad como “Apartada” y se deja de promocionar comercialmente hasta que se concrete la operación o su estatus cambie nuevamente a “Disponible”. De igual manera, tras apartarse una propiedad se congela el precio establecido con el cliente al momento de realizar el apartado. En caso de un posible incremento en la lista de precios este no surgirá efecto toda vez que el cliente cumpla las condiciones pactadas o la propiedad se marque nuevamente como “Disponible”.
¿Hasta qué cantidad de dinero se puede recibir en efectivo?
De acuerdo a la ley aplicable correspondiente se podrá recibir el equivalente de hasta 8025 unidades de medida de actualización (UMA’s). Si deseas saber el monto exacto actualizado haz clic aquí. Para fines prácticos, el monto máximo que aceptamos en efectivo es de $750,000.00 pesos en moneda nacional.
¿Es necesario depositar el efectivo a la cuenta de la empresa?
Por razones de seguridad no aceptamos dinero en efectivo incluyendo el importe del apartado por lo que cualquier importe por cualquier concepto deberá de depositarse a la cuenta de la empresa; lo anterior, toda vez que el importe sumatorio del cliente no sobrepase $750,000.00 pesos en moneda nacional.